Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Declárase comprendida doña María Bustamante de Muñoz, madre-viudal del sarjento del rejimiento Colchagua, Nemesio Muñoz, en los beneficiarios que acuerda el artículo 14 de la lei de 22 de Diciembre de 1881 a los deudos de los individuos de tropa que fallecieron a causa de la guerra contra el Perú i Bolivia.
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