Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para que pueda invertir hasta la suma de $ 42,815.31 en construir cuatro nuevas salas en la Casa de Orates de Santiago.
📜 Texto Legal Técnico
CASA DE ORATES DE SANTIAGO
Ley 1294 · 1 artículos · Versión BCN: 1899-12-23 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para que pueda invertir hasta la suma de $ 42,815.31 en construir cuatro nuevas salas en la Casa de Orates de Santiago.