Artículo UNICO
Artículo único. Se declara de utilidad pública la estension de terrenos de cinco mil trescientos cinco metros cuadrados, situada a los lados norte i oriente de las vertientes que surten de agua potable a la ciudad de San Javier, con arreglo al plano formado por el injeniero de la Direccion de Obras Públicas, señor F. Blanco E. La espropiacion se hará en conformidad a la lei de 18 de Junio de 1857.
📜 Texto Legal Técnico
