Artículo UNICO
Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Ana María Teresa Macera Dellarossa el derecho a acogerse al régimen previsional aplicable a los ex regidores, por haberse desempeñado en tal calidad en la Municipalidad de Ercilla, entre los años 1956 y 1971. El integro de las imposiciones correspondientes será de cargo de la interesada.
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