Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. En atencion a los servicio prestados por don Mateo Madariaga Garcia en el carácter de Tasador de las Casas de Préstamos sobre prendas de Santiago, como delegado para la inspeccion de las mismas casas, desde el 5 de Julio de 1882 hasta la fecha, acuérdasele una remuneracion de diez mil pesos, por una sola vez, quedando incluído en esta suma el valor de los desembolsos que hubiere hecho al establecer la Oficina de Tasacion de Prendas i los demas gastos que le hubiere motivado el desempeño de aquellos cargos.
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