Artículo PRIMERO
ARTICULO PRIMERO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de diez mil libras esterlinas en la adquisicion de dragas destinadas al servicio de los puertos de la República.
AUTORIZA LA INVERSION DE 10,000 L EN LA ADQUISICION DE DRAGAS I 20,665.50 PESOS EN LA REPARACION DEL MUELLE FISCAL DE VALPARAISO, ETC.
Ley 1432 · 2 artículos · Versión BCN: 1901-01-17 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO PRIMERO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de diez mil libras esterlinas en la adquisicion de dragas destinadas al servicio de los puertos de la República.
ART. 2.° Autorízase igualmente al Presidente de la República para invertir hasta la suma de veinte mil seiscientos sesenta i cinco pesos cincuenta centavos en la reparacion del muelle fiscal de Valparaiso i en la adquisicion de materiales destinados a él; i la de mil doscientos setenta i cinco pesos en la compra de carros para la Aduana de Talcahuano.