Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de doscientos once mil novecientos pesos cincuenta i ocho centavos en pagar las siguientes cuentas del Ministerio del Interior, que no pudieron cancelarse oportunamente por haberse agotado los ítems del presupuesto del año 1900 que debian haberse imputado: 1. Cincuenta i siete mil quinientos pesos para sueldos de empleados suplentes de correo, oficiales auxiliares, carteros, buzoneros, empaquetadores, valijeros i otros empleados subalternos, para cubrir el mayor precio de los cánones de arrendamiento de oficinas i para atender a los gastos por traslacion de local, para publicacion de avisos, pagos de viáticos, trasporte de empleados i otros gastos. 2. Dos mil pesos para proveer a las oficinas telegráficas de útiles de escritorio i muebles. 3. Cuarenta mil pesos para adquisicion de baterias eléctricas, composturas, aparatos telegráficos, postes, aisladores i demas materiales i fletes de los mismos. 4. Dos mil pesos para forraje de los animales pertenecientes al telégrafo i flete de los mismos. 5. Dos mil pesos para reparacion de casas pertenecientes al telégrafo. 6. Cuatro mil ochocientos pesos para construccion de la línea telegráfica entre Illapel i Punitaqui, via Pozos. 7. Cinco mil pesos para gastos de conduccion de insanos i sus custodias. 8. Tres mil trescientos treinta i tres pesos para arriendo de casa del Instituto de Hijiene. 9. Siete mil cuarenta i nueve pesos noventa i ocho centavos para sostenimiento del alumbrado eléctrico, gas i agua potable del Palacio de la Moneda. 10. Dos mil setecientos setenta i cinco pesos noventa centavos para atender al pago de los cánones de arrendamiento de las casas en que funcionan las oficinas de las intendencias i gobernaciones que no tienen edificio fiscal i para gastos de traslacion de esas oficinas a nuevos locales. 11. Seis mil setecientos pesos para gastos de trasportes de empleados de las intendencias i gobernaciones. 12. Cinco mil ochocientos pesos para alumbrado i agua potable de las oficinas de las intendencias i gobernaciones. 13. Seis mil pesos para pago de suplentes de intendencias i gobernaciones. 14. Trece mil pesos para pago de trasportes, fletes i viáticos. 15. Veinte mil pesos para gastos imprevistos jenerales, i 16. Treinta i cuatro mil pesos para la reconstruccion de las líneas telegráficas de Taltal al norte hasta Tocopilla.
