Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para que invierta la suma de veinte mil pesos en el estudio de un ferrocarril de trocha angosta de Ancud a la ciudad de Castro.
📜 Texto Legal Técnico
Ferrocarril de Ancud a Castro
Ley 1453 · 1 artículos · Versión BCN: 1901-02-08 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para que invierta la suma de veinte mil pesos en el estudio de un ferrocarril de trocha angosta de Ancud a la ciudad de Castro.