Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Daniel Verdugo Mitodio, para el solo efecto de recibir el desahucio establecido en el artículo 102º del Estatuto Administrativo, el tiempo comprendido entre el 19 de Septiembre de 1973 al 31 de Diciembre de 1975. El integro de las correspondientes imposiciones al Fondo de Seguro Social de los Empleados Públicos será de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
