ARTICULO PRIMERO. Créase en la provincia de Maule un nuevo departamento con la denominacion de Chanco, cuyo territorio se compondrá de las subdelagaciones de Chanco, Curanipe y Reloca, del departamento de Cauquénes, i de los distritos signados con los números 1, 2 i 3 de la subdelegacion de Pahuil, del departamento de Constitucion, que formarán una subdelegacion denominada Guilhuine.
ART. 2.° El departamento tendrá por capital la actual villa de Chanco.
ART. 3.° Su administracion será servida por los siguientes empleados: Un gobernador, con dos mil cuatrocientos pesos; Un oficial de pluma, con seiscientos sesenta pesos; Un juez de letras, con cuatro mil quinientos pesos; Un tesorero fiscal, con mil quinientos pesos; Un administrador de Correos, con ochocientos pesos. Miéntras no haya casa fiscal, el gobernador tendrá una asignacion anual de cuatrocientos pesos.
ART. 4.° Para los efectos de la jubilacion de los empleados que crea esta lei, solo se tomará en cuenta el setenta i cinco por ciento de la renta anual que se les asigna.
ART. 5.° El Presidente de la República pondrá en vijencia esta lei dentro de los sesenta dias siguientes al de su publicacion en el Diario Oficial.