Artículo UNICO
Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cincuenta mil pesos en la adquisicion de útiles i mobiliario para instruccion primaria.
📜 Texto Legal Técnico
QUE AUTORIZA LA INVERSION DE 50,000 PESOS EN LA COMPRA DE UTILES I MOBILIARIO DE INSTRUCCIÓN PRIMARIA
Ley 1503 · 1 artículos · Versión BCN: 1901-12-20 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cincuenta mil pesos en la adquisicion de útiles i mobiliario para instruccion primaria.