Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Presidente de la República para que invierta la suma de cinco mil ciento ochenta i cinco libras esterlinas ( L 5,185) en pagar a la Compañía Americana de Billetes de Banco, de Nueva York, las cuentas que se le adeudan por las estampillas adquiridas para el uso de los correos i telégrafos del Estado.
📜 Texto Legal Técnico
