Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Guillermina Touret Guzmán, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, los periodos comprendidos entre el 1º de Marzo de 1927 al 28 de Febrero de 1963. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por el período señalado, las que serán de cargo de la interesada.
📜 Texto Legal Técnico
