Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, al ex funcionario del Servicio de Investigaciones, don Pedro Nolasco Mundaca Jamett, actual pensionado por Invalidez de Segunda Clase en su calidad de ex Jefe de Sección del Ministerio del Interior, el derecho a obtener que la Dirección de Previsión de Carabineros -de su actual afiliación- le reconozca como tiempo servido en el citado Organismo Policial, el tiempo servido en dicha Secretaria de Estado, durante el lapso comprendido entre el 20 de Abril de 1953 y el 3 de Julio de 1973. A contar desde la publicación del presente decreto ley y para todos los efectos previsionales vigentes o que se establezcan en el futuro, deberá entenderse que la pensión del beneficiario -en su calidad de jubilado por Invalidez de Segunda Clase- corresponderá a la equivalente a la del Prefecto de Investigaciones de la promoción del Curso de Detectives de 1943, que goce o haya disfrutado de la pensión equivalente a dicho grado jerárquico, al momento de su retiro y por igual causal de invalidez.
