Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, a las personas que se señalan el tiempo que en cada caso se indica: 1) Don Raúl Ernesto Díaz Berrios, entre el 25 de Marzo de 1954 y el 15 de Abril de 1955; desde el 1º de Marzo de 1956 al 31 de Diciembre de 1956. 2) Doña Cora Isabel Gajardo Fontecilla, entre el 1º de Enero de 1956 y el 31 de Marzo de 1957. 3) Doña Sonnia Edelmira Pizarro Balbontín, entre el 11 de Enero y el 26 de Marzo de 1960 y desde el 29 de Marzo al 16 de Julio de 1960. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo de cada interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
