Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese amnistía, para todos los efectos legales, a don LAUTARO ORMAZABAL CABRERA, por el delito de "estafa al Fisco" a que fue condenado por sentencia del Juzgado del Crimen de Arica, de fecha 2 de Agosto de 1958, confirmada por la Corte de Apelaciones de Iquique, el 30 de Septiembre de 1958.
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