Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Concédese amnistía a doña GUILLERMINA CABELLO BRANOTT, condenada como autora del delito de malversación de caudales públicos por sentencia del Quinto Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de Santiago, recaída en el proceso Nº 70.497 de dicho Tribunal. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
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