Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a sesenta escudos (Eº 60) mensuales, la pensión de que disfruta actualmente doña Roselia Silva Fernández. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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