Artículo UNICO
Artículo único.- La Corporación de Servicios Habitacionales otorgará título gratuito de dominio y transferirá sin costo alguno una vivienda definitiva, en la ciudad de Talca, a doña Iris Cid Pardo viuda del ex funcionario de la Dirección de Vialidad de Talca don Manuel Mejías Ramírez, de las que tenga por entregar en una fecha próxima o dentro del plazo de 90 días, a contar de la fecha de publicación de la presente ley. Asimismo, la citada Corporación otorgará título gratuito de dominio y transferirá sin costo alguno una vivienda definitiva, en la ciudad de Talca, a don Víctor Queirolo Reyes, funcionario de la Dirección de Vialidad, Oficina Provincial de Talca. La Corporación de Servicios Habitacionales, dará prioridad a los asignatarios mencionados para la adjudicación de dichas viviendas, las que deberán tener un valor mínimo de 7.745 y máximo de 12.115 unidades reajustables, y no podrán enajenarse sin previo acuerdo del Consejo de dicha Corporación, antes de los diez años siguientes a la respectiva transferencia.
