Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la suma de trescientos escudos mensuales, la pensión de que actualmente goza doña Ana Lyon viuda de Alamos. El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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