Artículo 1
Artículo 1.o- Autorízase a la Sociedad Hipódromo Chile para realizar, durante el año 1976, una reunión hípica extraordinaria, en un día no festivo y cuyo producto líquido se entregará por la aludida Institución a la Comisión designada pro decreto del Ministerio de Educación No. 1.197, de fecha 29 de Noviembre de 1974, encargada de la creación de un Monumento que perpetúe la memoria del Prócer de la Patria, don José Miguel Carrera.
