Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Dora Rosa Ortúzar Prado, una pensión de sesenta escudos (Eº 60.-) mensuales. El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
