Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a ciento cincuenta escudos mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Rebeca Díaz viuda de González Cortés. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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