Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Eloisa Paredes Barrientos, una pensión mensual de ciento cincuenta escudos (Eº 150). El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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