Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de ciento veinte escudos (Eº 129.-) a don Ricardo San Martín Fuentes. El gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
