Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Rosa Amelia Elena Montaner viuda de González, nieta del Veterano de la Campaña de 1879, don Abdón Montaner, una pensión de cien escudos mensuales. El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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