Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese un suplemento de ocho mil pesos ($ 8 000) al ítem 1837 de la partida 22 del presupuesto de Justicia, que consulta fondos para atender al servicio de conduccion i aprehension de reos.
📜 Texto Legal Técnico
Concede suplementos el presupuesto del Ministerio de;Justicia.
Ley 1701 · 1 artículos · Versión BCN: 1904-09-16 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- Concédese un suplemento de ocho mil pesos ($ 8 000) al ítem 1837 de la partida 22 del presupuesto de Justicia, que consulta fondos para atender al servicio de conduccion i aprehension de reos.