Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a trescientos escudos mensuales el monto de la pensión de que actualmente disfruta doña Francisca Corteza viuda de Barahona. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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