Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Concédese un suplemento de un mil novecientos ochenta pesos al ítem 24 de la partida 1.° del presupuesto del Ministerio del Interior, para el servicio de la Guardia de la Cámara de Senadores.
📜 Texto Legal Técnico
CONCEDE SUPLEMENTO AL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.
Ley 1753 · 1 artículos · Versión BCN: 1905-08-25 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO UNICO.- Concédese un suplemento de un mil novecientos ochenta pesos al ítem 24 de la partida 1.° del presupuesto del Ministerio del Interior, para el servicio de la Guardia de la Cámara de Senadores.