Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.-Se concede a la Sociedad Chilena de Tranvías i Alumbrado Eléctricos liberacion de derechos de aduana por el término de cuatro años, i hasta por la suma de doscientos mil pesos ($ 200 000), para los artículos que importe para la instalacion i mantenimiento de los trabajos de la Empresa. No gozarán de este beneficio los artículos gravados con los derechos de treinta i cinco i sesenta por ciento.
📜 Texto Legal Técnico
