Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.-Se concede liberacion de derechos de internacion para la estátua a don Manuel Antonio Matta; i, en consecuencia, la aduana de Caldera devolverá a la Comision Ejecutiva del monumento Matta los derechos que hubiere pagado por dicha estátua.
📜 Texto Legal Técnico
