Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Herminia Giagnoni González viuda de Borghero, una pensión mensual, ascendente a sesenta escudos (Eº 60) sin perjuicio de la pensión de montepío de que goza en la actualidad. El mayor gasto que represente la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
