Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, y para todos los efectos legales, a don Silvestre Cárdenas Ruiz, el lapso de diez años y ocho meses servidos en el Instituto Salesiano de Valdivia, entre el 1º de Marzo de 1933 y el 1º de Septiembre de 1943. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
