Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Marie Madeleine Canioni Canioni, viuda del General de División (R) y ex Senador de la República don Enrique Bravo Ortiz, el derecho a optar, por una sola vez a que su pensión de montepío se liquide y pague por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional en su calidad de viuda, de un General de División, o a continuar con el que disfruta como viuda de un Senador de la República.
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