Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Marina Hidalgo Osorio viuda de Retes una pensión de doscientos escudos mensuales. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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