Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que actualmente disfruta don Máximo Valenzuela Ramos, en virtud de la ley Nº 15.204, de 10 de Junio de 1963, a la suma de ciento cincuenta escudos mensuales. El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
