Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Lucía Argandeña Vacaflor, una pensión de cien escudos mensuales, de la que disfrutará sin perjuicio de la que actualmente percibe. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
