Artículo UNICO
Artículo único . Se aprueba el acuerdo de la Municipalidad de Valparaíso, tomado en sesion de 5 de enero de 1906, por el cual se prorroga hasta por treinta años el contrato celebrado con la Compañía de Traccion i Alumbrado Eléctricos para suministrar el alumbrado eléctrico a las calles de la ciudad, quedando obligada la Compañía a hacer, con faroles de dos lámparas de veinticinco bujías cada una, hasta el número de tres mil faroles, el alumbrado de los cerros a que se refiere el respectivo contrato.
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