Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Concédese, por gracia, al empleado municipal don David Acosta, el derecho de gozar de la gratificacion que acuerda la lei de 14 de setiembre de 1896 i sobre la base del sueldo de doscientos pesos asignado al empleo de administrador de almacenes de materias inflamables de Iquique, que desempeño hasta el 15 de febrero de 1891.
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