Artículo UNICO
ARTICULO UNICO. Se declara de utilidad pública una cuadra cuadrada de terreno, situada al costado sur del Cementerio de la ciudad de San Felipe, i de propiedad de la sucesion de don José María Agüero, terreno que se dedicará al ensanche del Cementerio indicado. La espropiacion se hará en conformidad a las disposiciones de la lei de 18 de Junio de 1857, debiendo contribuir el Estado al pago del terreno espropiado, hasta con la cantidad de cinco mil pesos, siendo el resto, si lo hubiere, de cargo a la Junta de Beneficencia de San Felipe.
