Artículo PRIMERO
ARTICULO PRIMERO. Créase un nuevo Juzgado de Letras en lo Civil para el departamento de Valparaiso. Este Juzgado tendrá un Secretario i los demas empleados necesarios para su servicio.
LEI NUM. 2,088, QUE CREA UN NUEVO JUZGADO DE LETRAS EN LO CIVIL Y OTRO EN LO CRIMINAL PARA EL DEPARTAMENTO DE VALPARAISO.
Ley 2088 · 6 artículos · Versión BCN: 1908-02-18 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO PRIMERO. Créase un nuevo Juzgado de Letras en lo Civil para el departamento de Valparaiso. Este Juzgado tendrá un Secretario i los demas empleados necesarios para su servicio.
ART. 2.° Créase un nuevo Juzgado de Letras en lo Criminal para el mismo departamento. Este Juzgado tendrá un Secretario i dos oficiales de pluma.
ART. 3.° Cada uno de los Juzgados tendrá ademas un portero.
ART. 4.° Los funcionarios creados por este lei gozarán de los sueldos i gratificaciones que las leyes vijentes conceden a los demas empleados de igual categoría de Valparaiso.
ART. 5.° Las causas civiles i criminales pendientes se distribuirán por terceras partes entre los respectivos Juzgados, debiendo hacer la distribucion la Corte de Apelaciones de Valparaiso.
ART. 6.° Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de doce mil pesos ($ 12,000), en la instalacion de los nuevos Juzgados.