Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que disfruta don Juan Peña Castro a la suma de cien escudos mensuales. El mayor gasto que signifique el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
