Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Elena Henríquez Fernández, una pensión mensual ascendente a Eº 50, sin perjuicio de la de montepío de que disfruta en la actualidad. El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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