Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Felipe Romano Squadrito, Capitán de Carabineros en Retiro, el derecho a acogerse a lo dispuesto en el artículo 36 de la ley Nº 11.595, de 3 de Septiembre de 1954, y artículo 1º, letra a), de la ley Nº 11.852, de 19 de Agosto de 1955, otorgándosele todos los derechos y beneficios, incluso quinquenios, que le habrían correspondido al no mediar su eliminación.
📜 Texto Legal Técnico
