Artículo UNICO
Artículo único.- Aumentase, por gracia, a ciento cincuenta escudos mensuales (Eº 150) la pensión de que actualmente disfruta doña Rebeca Reeves viuda de Henríquez. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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