INTRODUCE MODIFICACIONES EN LAS LEYES 8,419 Y 4,740,
DEROGA ARTICULO 5.o DE LA LEY 9.545, GRAVA CON IMPUESTOS
LAS AUTORIZACIONES DE IMPORTACION O DE GIRO DE CAMBIOS,
CONCEDE SUBVENCION FISCAL A LA UNIVERSIDAD DE CONCEPCION
Y CONSULTA SUBVENCION A LA FUNDACIÓN DE VIVIENDAS DE
EMERGENCIA
Ley 9610 · 5 artículos · Versión BCN: 1950-06-02 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1.o Reemplázase en el artículo 11 de la ley N.o 8,419, modificado por el inciso primero del artículo 4.o de la ley N.o 9,545, las palabras "veinticinco por ciento" por "quince por ciento". Sustitúyense en el artículo 2.o de la ley N.o 4,740, modificado por el inciso segundo del artículo 4.o de la ley N.o 9,545, la expresión "seis por ciento (6%)" por "cuatro por ciento (4%)".
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2.o. Derógase el artículo 5.o de la ley N.o 9,545.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3.o. Durante el plazo de cinco años grávanse con un impuesto de medio por ciento de su valor en moneda corriente las autorizaciones de importación o de giro de cambios que otorgue el Consejo Nacional de Comercio Exterior. Este impuesto no afectará a la importación de artículos de primera necesidad que sean declarados así por el Ministerio de Economía y Comercio. El producto de aquel impuesto será recaudado por el mencionado Consejo y depositado mensualmente en arcas fiscales.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4.o. Autorízase al Presidente de la República para que entregue, por una sola vez, a la Universidad de Concepción la cantidad de siete millones de pesos ($ 7.000.000) como subvención fiscal, con cargo a los fondos consultados en la presente ley.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 5
Artículo 5.o. A partir del 1.o de Enero de 1951, con las rentas que se perciban en conformidad al artículo 3.o de la presente ley, se cubrirá la cantidad de $ 45.000.000 que, como subvención, debe ser consultada en los Presupuestos de la Nación conforme lo dispone la ley N.o 9,545; si hubiere exceso después de cumplida esta obligación, éste será entregado a la Fundación de Viviendas de Emergencia por el ítem de devoluciones del Presupuesto de Gastos.