Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a doña Rosa Rivera viuda de Olmedo, la pensión de que disfruta en la actualidad en virtud de lo dispuesto por la ley Nº 14.198, de 17 de Noviembre de 1960, a la suma de ochenta escudos mensuales. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
