Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Auméntase en un millon seiscientos mil pesos ($ 1.600,000), la autorizacion conferida al Presidente de la República por lei núm. 2,335, de 25 de Julio próximo pasado, para efectuar los gastos que demanden los festejos de la celebracion del Centenario de la Independencia. De esta suma, se pondrá a disposicion de la Comision Mixta de Senadores i Diputados encargada de preparar la recepcion de los Delegados de los Parlamentos estranjeros, la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000) para atender a los gastos que imponga dicha recepcion.
