Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a doña Emilia Echegaray Varas, a setenta y cinco escudos mensuales, la pensión de que actualmente disfruta. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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