Artículo PRIMERO
ARTICULO PRIMERO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ciento cincuenta mil pesos en el cumplimiento de la lei núm 2,288 de 5 de Marzo último sobre impuesto de papel sellado, timbre i estampillas.
AUTORIZA LA INVERSION DE LA SUMA $ 150.000 EN EL CUMPLIMIENTO DE LA LEI SOBRE IMPUESTO DE PAPEL SELLADO, TIMBRE I ESTAMPILLAS I CONCEDE VARIOS SUPLEMENTOS AL PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE HACIENDA.
Ley 2389 · 2 artículos · Versión BCN: 1910-09-07 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO PRIMERO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ciento cincuenta mil pesos en el cumplimiento de la lei núm 2,288 de 5 de Marzo último sobre impuesto de papel sellado, timbre i estampillas.
ART. 2.°- Concédense los siguientes suplementos a los item que se indican de la partida 16 del Presupuesto de Hacienda: Al item 1405, para adquisicion, impresion i encuadernacion de libros i publicaciones de avisos i demas documentos correspondientes al Ministerio de Hacienda, debiendo pedirse propuestas públicas para la impresion cuando excedan de trescientos pesos ($ 300)____________________________________ $ 15.000 Al item 1408, para mayor cánon de arriendo de oficinas i arriendo de las misnas que estén situadas en las localidades en donde no existen edificios fiscales adecuados al objeto_____________________________________ 10.000 Al item 1416 para gastos imprevistos__________ 15.000